Expediente sancionador contra Telefónica por el acuerdo con DAZN

04 mayo, 2023 - SatCesc.com

Expediente sancionador contra Telefónica por el acuerdo con DAZN

El regulador CNMC ha iniciado un expediente sancionador contra Telefónica por el acuerdo alcanzado con DAZN sobre los derechos exclusivos de Fórmula 1 para las temporadas 2021, 2022 y 2023.

En un comunicado, la CNMC señala que su actuación se enmarca dentro de los trabajos de vigilancia para ver si la telco incumplió determinados compromisos cuando adquirió DTS (antes Sogecable) en 2015. Estos compromisos fueron prorrogados por un periodo adicional de tres años por la resolución de julio 9, 2020.

Añade que Telefónica se comprometió a poner a disposición de otros operadores de televisión de pago en España una oferta mayorista de sus propios canales premium en condiciones justas, razonables, objetivas, transparentes y no discriminatorias y a no adquirir o explotar derechos exclusivos de emisión o explotación en España para canales de TV publicados por terceros.

Refiriéndose específicamente al acuerdo Telefónica-DAZN, la CNMC dice que en julio de 2021 declaró indicios de incumplimiento del acuerdo, con fecha de enero de 2021.

“Telefónica sublicencia a DAZN los derechos de retransmisión en exclusiva (antes adquiridos por Telefónica en exclusiva) de las competiciones de Fórmula 1 para las temporadas 2021, 2022 y 2023. Telefónica y DAZN acordaron las condiciones bajo las cuales DAZN permitía a Telefónica el acceso no exclusivo a los contenidos de DAZN, y establecieron las limitaciones para que terceros adquieran estos derechos. El contrato también determinaba la forma en que se contabilizan los clientes que contratan paquetes de Telefónica que acceden a los contenidos de DAZN (computados como clientes de DAZN a efectos del cálculo del coste mínimo garantizado pagado por la adquisición de canales de Telefónica con contenidos deportivos premium)”

La CNMC concluye diciendo que la apertura del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación.

Se abre ahora un plazo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y para su resolución por parte del regulador.

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