El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha desestimado el recurso de la FIFA y la UEFA y ha avalado que un Estado miembro pueda obligar a retransmitir en una televisión en abierto los partidos de fútbol de la fase final del Mundial y la Eurocopa, por considerar que así se salvaguarda el derecho a la información.
La sentencia se refiere a los casos de Bélgica y Reino Unido, que obligan a retransmitir en abierto todos los partidos de la fase final del Mundial y de la Eurocopa, en el primer caso; y todos los partidos de la fase final del Mundial, en el segundo.
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Estas listas recibieron el visto bueno de Bruselas, pero la FIFA y la UEFA recurrieron la autorización ante la justicia europea, que ya desestimó sus argumentos en primera instancia.
En su fallo definitivo, el Tribunal de Justicia admite que el hecho de que un Estado miembro califique determinados acontecimientos como de gran importancia para su sociedad y la prohibición de que se retransmitan de forma exclusiva «constituyen obstáculos a la libre prestación de servicios, a la libertad de establecimiento, a la libre competencia y al derecho de propiedad». «No obstante, tales obstáculos están justificados por el objetivo consistente en la protección del derecho a la información y en la garantía de un amplio acceso del público a la cobertura televisiva de tales acontecimientos», resalta la sentencia.