Medidas contra las subidas de volumen en los anuncios en televisión

08 mayo, 2014 - SatCesc.com

Medidas contra las subidas de volumen en los anuncios en televisión

El Gobierno español estudia medidas con el sector audiovisual y los anunciantes para poner coto de una vez a los molestos saltos del volumen de la radio y la televisión durante las interrupciones comerciales.

El Ejecutivo trabaja con las empresas y colectivos afectados para «establecer una normalización o armonización de los estándares de sonido, así como fijar unos niveles máximos», según informa en una respuesta parlamentaria, en la que contesta a una pregunta escrita del diputado de UPN (Grupo Mixto), Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, sobre el aumento de decibelios en los anuncios.

Las organizaciones de telespectadores han protestado en numerosas ocasiones por los subidones de volumen cuando entran los paréntesis publicitarios, sobre todo en televisión. No es un problema exclusivo de España, y tanto la Unión Europea de Radiodifusión como la Unión Internacional de Telecomunicaciones han hecho recomendaciones a los Estados miembros para la medición y fijación de límites del alcance sonoro de los consejos publicitarios.

El Gobierno informa de que el Foro Técnico de la TDT, constituido en marzo de 2005 y auspiciado por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, tiene un grupo de trabajo de audio que está haciendo «un seguimiento de los procesos de normalización técnica» que se llevan a cabo en el ámbito internacional, al tiempo que está promoviendo «la difusión y adopción de los estándares internacionales».

volumen

En la respuesta, el Ejecutivo recuerda que el artículo 14.2 de la Ley Audiovisual establece el principio de separación e identificación de las comunicaciones comerciales respecto del resto de la programación y determina que «el nivel sonoro de los mensajes publicitarios no puede ser superior al nivel medio del programa anterior».

La norma prevé que el incumplimiento de estas condiciones «es constitutivo de infracción grave», pudiendo ser sancionado con multa de entre 100.001 hasta 500.000 euros para servicios de comunicación audiovisual televisiva y de 50.001 hasta 100.000 euros para los radiofónicos, los prestadores de servicio de comunicación electrónica y los prestadores de servicio de catálogo de programas», recuerda el Gobierno, que añade que la potestad sancionadora en esta materia recae, en el caso de medios de comunicación audiovisual de ámbito estatal, en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Servimedia

 

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