Un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid ha estimado el recurso interpuesto por RTVE contra la resolución del Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno que requería a la corporación que facilitase el coste de sus canales de televisión.
La sentencia, fechada el 25 de abril, anula la resolución del 9 de julio de 2015 que obligaba a RTVE a facilitar dicha información, considerando que en este caso, tal y como entendió la corporación, concurría una de las causas que, conforme a la ley, justifican la inadmisión de las solicitudes de información, como es la necesidad de una “acción previa de reelaboración”.
La sentencia, susceptible de recurso de apelación, señala que la interpretación de la ley que hace el Consejo de la Transparencia “resulta excesivamente restrictiva y contraria al espíritu de la norma”.