La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 212.218 euros a Mediaset España por vulnerar la normativa sobre emplazamiento de producto en televisión.
Todo ello tras detectar una promoción indebida de la plataforma de compraventa Vinted dentro del programa Rediséñame, emitido el 8 de octubre de 2023.
El expediente concluye que el grupo audiovisual incurrió en una intromisión de marca dentro del contenido editorial, infringiendo el artículo 129.3.a) de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Este apartado prohíbe expresamente que el emplazamiento de producto influya en el desarrollo o en la independencia del contenido del programa.
Según el análisis de la CNMC, el espacio televisivo —centrado en el rediseño de ropa de segunda mano— presentó varios indicios claros de promoción activa de Vinted, más allá de una simple mención comercial.
El organismo regulador señala la inserción destacada de la marca durante una entrevista que no formaba parte del concurso, la presencia reiterada de su color corporativo y la inclusión de imágenes que simulaban el uso real de la aplicación móvil de la empresa.

Estos elementos, a juicio de Competencia, configuran un caso de emplazamiento de producto que afecta a la independencia editorial y “altera la naturaleza informativa o de entretenimiento del contenido”.
La sanción forma parte del compromiso del regulador de reforzar la transparencia en la comunicación comercial televisiva, un ámbito donde el equilibrio entre publicidad y contenido editorial se ha vuelto cada vez más difuso.
Mediaset España, que ya ha sido objeto de otras advertencias en el pasado por emplazamientos publicitarios no señalizados adecuadamente, podrá recurrir esta resolución ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación oficial.
La CNMC recuerda que el emplazamiento de producto solo está permitido cuando no condiciona el desarrollo narrativo del programa y cuando el espectador es debidamente informado de su existencia. En este caso, el regulador considera que la presencia de la marca traspasó la frontera entre integración publicitaria y promoción encubierta, lo que motivó la multa.
Esta sanción se suma a la creciente vigilancia que la CNMC mantiene sobre los contenidos de entretenimiento en España, especialmente en los programas de telerrealidad, concursos o espacios de estilo de vida, donde la frontera entre contenido y publicidad se difumina con frecuencia.