Multa de 100.000 euros a Orange por fotografiar el DNI de un cliente

21 marzo, 2023 - SatCesc.com

Multa de 100.000 euros a Orange por fotografiar el DNI de un cliente

Hacer una fotografía del DNI de un cliente como requisito para entregarle un paquete de mensajería es “excesivo”. Así lo establece una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, que ha sancionado con 100.000 euros a la compañía Orange porque un repartidor exigió fotografiar por ambas caras el carnet de identidad de la persona a la que tenía que hacer entrega de un paquete que contenía un teléfono móvil.

Protección de Datos cree que esta práctica es “excesiva” y no se limita a “lo necesario”:

El acceso a la imagen del DNI, fotografiando tanto el reverso como el anverso, y el tratamiento para la finalidad de la entrega de un producto a través del terminal móvil del repartidor de la empresa distribuidora se considera excesivo y no limitado a lo necesario en relación con las finalidades pertinentes.

La resolución se remite al artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos de la UE :

Los datos personales serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con las finalidades para las que son tratadas.

Los hechos se remontan a abril del año 2020, cuando la persona a la que reclamaron el DNI y un repartidor de la empresa GLS se dirigieron al cuartel de la Guardia Civil en Totana, en Murcia, porque el primero se quejaba de que le imponían como condición para entregarle el paquete tomar una fotografía de las dos caras del DNI.

En las alegaciones presentadas, Orange se defiende apuntando que este sistema se implementó “como una medida de seguridad de refuerzo ante los casos de intentos de fraude y suplantaciones de identidad que se estaban produciendo en el año 2020 en relación con la recepción de entregas a domicilio”. De hecho, alega que ya había informado al comprador de que, en el momento de la entrega, debía tener disponible el DNI y que el repartidor podría pedírselo.

Desde la empresa se asegura que la finalidad de fotografiar el DNI es poder “acreditar, posteriormente y en caso necesario, haber desplegado la diligencia exigible al verificar la identidad de la persona a la que se entrega el producto contratado”.

Protección de Datos, sin embargo, alerta de que en un DNI hay mucha más información que la necesaria para saber que la persona es aquella a la que va dirigido el paquete y pide utilizar medios “menos lesivos y agresivos para la privacidad”.

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