Absuelven a un acusado de piratear la señal de Canal+

05 agosto, 2016 - SatCesc.com

Absuelven a un acusado de piratear la señal de Canal+

Un juzgado de Alicante ha absuelto a un procesado por utilizar de forma fraudulenta la señal de la plataforma de televisión de pago, ya extinta, Digital+,  por la falta de pruebas existentes contra él.

Según la acusación pública, el supuesto pirata se dedicaba a contactar por internet con sus clientes, a quienes hacía comprarles un descodificador del canal de pago, por lo que cobraba 40 euros, más 15 euros mensuales por tener acceso al mismo paquete de canales del que disponía en su casa de Alicante. Nada de eso se ha probado, pues los supuestos pagos existentes en una cuenta correspondían a los de una peña de lotería, según aseguró en el juicio el ahora absuelto en una información que publica el diario La Verdad.

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Los hechos se remontan al año 2010, cuando un representante de la compañía de telecomunicaciones interpuso la denuncia contra este alicantino acusándolo de abastecer a terceros de ocio televisivo ocasionando un perjuicio económico. Para ello, habría tenido que sacar beneficio entre los meses de enero y junio de ese mismo año. Durante ese tiempo, según sostenía la acusación particular, se hizo con una cartera de clientes que pagaban menos de la mitad de lo que costaba el canal por la vía legal.

Por estos hechos, el absuelto se enfrentaba a una pena de un año de prisión y al pago de una multa de 3.600 euros, además de indemnizar a la mercantil por el supuesto daño causado por un delito relativo al mercado y a los consumidores.

«Ninguna persona imparcial depuso en el plenario», indica la magistrada en el fallo, para corroborar de forma rotunda «que fuera el acusado quien envió los ‘e-mails’ y manipulara los descodificadores» para acceder de forma gratuita a los contenidos televisivos. «Desde luego», prosigue, «se echa en falta una corroboración de la denuncia por alguno de los policías» que testificó en la vista o algún testigo que «accediera merced a la información suministrada por el acusado».

En definitiva, la ponente del fallo concluye que las pruebas aportadas «no dejan de ser meros indicios que, a todas luces, son insuficientes» para condenar al reo.


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