La Comisión Europea ha confirmado que España debe recuperar las ayudas recibidas por operadores terrestres para la digitalización y ampliación de la red de televisión terrestre en ciertas zonas del país, ya que son contrarias a las normas sobre ayudas estatales de la Unión Europea (UE).
De esta manera, Bruselas ratifica su decisión de 2013 de declarar ilegales esas ayudas y pedir a España que las recuperase, la cuál había sido anulada en primera instancia por la justicia europea, pero confirmada en apelación de forma definitiva recientemente.
España determinará el importe que debe recuperarse de cada beneficiario individual, de conformidad con una metodología establecida en la decisión de la Comisión adoptada hoy, explicó el Ejecutivo comunitario en un comunicado.
De ahí que, a fecha de hoy, se desconozca el número definitivo de empresas afectadas y el importe total de las ayudas por recuperar.
Por principio, añadió Bruselas, las normas sobre ayudas estatales de la UE exigen que se recupere toda ayuda estatal incompatible, con el fin de disipar la distorsión de la competencia ocasionada por la ayuda.
Y recordó que las normas sobre ayudas estatales de la UE no contemplan la imposición de multas y la recuperación no sanciona a la empresa en cuestión.
Así, remarcó, se restablece simplemente la igualdad de trato con respecto a las demás empresas.
Entre 2005 y 2008, según la Comisión, los operadores de plataformas terrestres en España recibieron una ventaja selectiva incompatible frente a los competidores usuarios otras tecnologías, infringiendo el principio de neutralidad tecnológica.
Por ese motivo, explicó, «España tiene que recuperar ahora las ayudas incompatibles».
Tras una detallada investigación, la Comisión confirmó que las medidas adoptadas por España entre 2005 y 2008 para facilitar la transición de la televisión analógica a la digital «constituían una ayuda estatal incompatible».
La ayuda se concedió para la conversión digital, y para la explotación y el mantenimiento de la red de televisión digital.
En particular, las medidas «no eran neutrales desde el punto de vista tecnológico, ya que partían de la televisión digital terrestre (TDT) como única tecnología para la conversión digital subvencionada», señaló la Comisión.
Y es que otras tecnologías alternativas, como el satélite, quedaron excluidas de las ayudas.
Las medidas, según Bruselas, eran «selectivas porque solo beneficiaban a los operadores de TDT, aunque esta última tecnología y la de satélite se encontraban en una situación comparable de hecho y de derecho (en las zonas remotas se podría haber optado por la tecnología satelital para la conversión digital)».
Sobre esta base, la Comisión concluyó que el régimen no podía considerarse compatible con el mercado interior en virtud de lo establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).