Un tribunal de París ha rechazado la petición de beIN Sports de imponer multas coercitivas de 10.000 euros diarios por cada dominio que siguiera accesible, al considerar que Cloudflare y varios proveedores de redes privadas virtuales (VPN) habían realizado esfuerzos razonables para cumplir las órdenes de bloqueo de páginas que difundían ilegalmente partidos de tenis.
La decisión supone un nuevo revés judicial para los titulares de derechos audiovisuales en Francia, que buscan reforzar las medidas contra la piratería mediante el bloqueo de páginas web y servicios IPTV ilegales. El tribunal considera que los intermediarios deben actuar de forma razonable para ejecutar las medidas ordenadas por la Justicia, pero no están obligados a garantizar un resultado absoluto.
beIN Sports reclamaba multas de 10.000 euros al día
El conflicto se remonta al pasado mes de mayo, cuando beIN Sports, titular en Francia de los derechos de retransmisión de buena parte de los partidos del circuito de tenis WTA, consiguió una orden judicial para bloquear diez páginas web y servicios IPTV que difundían encuentros sin autorización. Entre los sitios afectados figuraban thetvapp.to y tennistream.com.
Las medidas se dirigieron inicialmente contra varios proveedores de VPN y posteriormente contra Cloudflare, compañía que presta servicios de infraestructura de internet, distribución de contenidos y protección de páginas web.
Sin embargo, beIN Sports consideró que los bloqueos no se estaban aplicando de manera suficientemente eficaz. Por ese motivo, volvió a los tribunales para reclamar la imposición de una multa coercitiva de 10.000 euros diarios por cada dominio que continuara siendo accesible.
La cadena pretendía así aumentar la presión sobre los intermediarios tecnológicos para conseguir un cumplimiento más estricto de las órdenes judiciales.

Cloudflare, NordVPN y Surfshark aplicaron bloqueos parciales
Las medidas adoptadas no consiguieron bloquear todos los sitios afectados desde todas las vías de acceso. Según los datos examinados durante el procedimiento, Cloudflare bloqueó tres de los cuatro sitios web señalados, aunque únicamente a través de su red de distribución de contenidos (CDN).
Por su parte, NordVPN y Surfshark bloquearon seis de los once dominios examinados, y lo hicieron mediante el sistema DNS de sus servidores situados en Francia. Proton, otro de los proveedores afectados por el procedimiento, no compareció en la vista judicial.
Estas diferencias técnicas resultaron relevantes para valorar el grado de cumplimiento de las órdenes. El bloqueo mediante DNS impide que un dominio se resuelva normalmente a través de los servidores afectados, mientras que las medidas aplicadas a través de una CDN pueden actuar sobre la distribución o el acceso al contenido según la configuración del servicio.
La existencia de vías alternativas para acceder a una página no significa necesariamente que el proveedor haya incumplido deliberadamente una orden judicial. Precisamente, esa distinción estuvo en el centro del razonamiento del tribunal parisino.

La Justicia considera que no existe una obligación de resultado absoluto
En dos resoluciones dictadas en octubre, el Tribunal Judicial de París concluyó que los intermediarios deben realizar esfuerzos razonables para ejecutar las medidas de bloqueo, sin que ello implique una obligación de garantizar que todos los accesos posibles queden completamente neutralizados.
El criterio se apoya en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que exige ponderar la protección de los derechos de propiedad intelectual con otros derechos e intereses legítimos.
A juicio del tribunal, imponer las multas solicitadas por beIN Sports no resultaba necesario ni proporcionado dadas las circunstancias y las medidas que ya habían adoptado los proveedores afectados.
La resolución subraya así la importancia de mantener un equilibrio entre la lucha contra la distribución ilegal de contenidos audiovisuales y la libertad de empresa de los intermediarios tecnológicos.
Las órdenes de bloqueo originales, no obstante, continúan vigentes hasta el final de la temporada de la WTA, prevista para el 14 de noviembre. beIN Sports conserva la posibilidad de recurrir las decisiones judiciales.

Nuevo precedente en la batalla contra la piratería audiovisual
El caso recuerda a otro procedimiento reciente en Francia, en el que Cloudflare también logró evitar la imposición de multas coercitivas solicitadas por Canal+. La cadena francesa había reclamado medidas económicas para reforzar la ejecución de los bloqueos de páginas que difundían contenidos protegidos sin autorización.
Mientras tanto, el servicio de resolución DNS Quad9, que se ha negado a aplicar determinados bloqueos solicitados en Francia, permanece a la espera de una decisión judicial sobre su posición.
El debate se extiende también a otros procedimientos relacionados con las retransmisiones deportivas. El pasado 30 de septiembre, el Tribunal de Apelación de París suspendió el examen del recurso presentado por NordVPN, Proton y CyberGhost contra un bloqueo solicitado por la Liga de Fútbol Profesional francesa (LFP) en mayo de 2025.
El tribunal decidió esperar a que el Tribunal de Casación se pronuncie sobre varios recursos relacionados con siete resoluciones que validaron bloqueos DNS obtenidos por Canal+ contra páginas que difundían contenidos pirateados.
Estas actuaciones reflejan una disputa cada vez más importante para el sector audiovisual europeo: hasta dónde pueden llegar las obligaciones de los proveedores tecnológicos a la hora de combatir la piratería y qué nivel de eficacia puede exigírseles sin imponerles una responsabilidad desproporcionada.
La decisión sobre beIN Sports no elimina las órdenes de bloqueo ni autoriza la difusión ilegal de partidos. Su alcance es más concreto: la Justicia francesa considera que no basta con que un bloqueo sea incompleto para imponer automáticamente multas millonarias, si los intermediarios han realizado esfuerzos razonables para cumplir las medidas judiciales.
