TVE se propone cobrar a las plataformas de televisión de pago por la explotación fraccionada e individualizada que hacen de algunos contenidos de su parrilla, y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ya le ha dado luz verde.
RTVE dirigió un escrito a la CNMC el pasado noviembre para comunicarle que algunos operadores se están sirviendo de la emisión lineal de los canales de RTVE que la corporación les facilita por ley, para “fraccionar y extraer algunos contenidos” y dárselos a los abonados para su acceso individualizado mediante diferentes modalidades, por programas o franjas, en diferido, o con posibilidad de grabación y posterior visionado.
RTVE se queja de la “paradoja” que llega a suponer que estos operadores estén ofreciendo servicios a sus clientes “que implican una disponibilidad de derechos de explotación que la propia corporación no tiene para las emisiones que hace en sus propios medios”, y eso le está acarreando “bastantes reclamaciones en este sentido por parte de los titulares de los contenidos audiovisuales cedidos a la corporación, que consideran que la cesión de derechos contratada no incluye los servicios o facultades de explotación que se ofrecen a sus clientes por los operadores de pago”.
De hecho, añade RTVE en su escrito a Competencia, “se está reclamando a CRTVE por unos servicios que realmente no presta”.
Libertad para negociar
La CNMC le ha respondido a RTVE en una contestación a la que ha tenido acceso Servimedia, y le da la razón.
El organismo supervisor sostiene que RTVE está obligada a ceder gratis la emisión lineal de sus canales, pero la norma “en ningún momento indica que RTVE no pueda ceder derechos sobre contenidos concretos emitidos en sus canales de televisión sobre los cuales ostente la titularidad, ni tampoco se prohíbe que esta cesión se pueda hacer mediante contraprestación económica”.
Competencia coincide con la tesis de Prado del Rey de que resulta incluso «paradójico» que la competencia pueda hacer uso de unos derechos de explotación que no tiene TVE y que incluso ésta tenga que pagar por ello a los proveedores de los contenidos.
Para la CNMC, RTVE «tiene libertad para negociar con terceros operadores la posibilidad de comercializar mediante contraprestación económica aquellos derechos sobre contenidos audiovisuales concretos sobre los que ostente algún tipo de titularidad y que no consistan en la mera cesión de canales para ser retransmitidos de forma lineal, todo ello en el ámbito de la negociación contractual entre las partes”, añade la contestación de la CNMC.
Este organismo subraya que este tipo de actividad “en ningún caso constituye un ingreso derivado del acceso condicional o de pago, pues esta actividad de acceso condicional la estarían realizando los terceros operadores que emiten contenidos de CRTVE”.