La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha impuesto una multa de 13,755 millones de euros a Abertis Telecom por abuso de posición de dominio en el mercado de los servicios de transporte distribución de la señal de televisión terrestre digital (TDT).
En abril de 2010 la dirección de Investigación de la CNC incoó expediente sancionador contra Abertis, tras una denuncia de Astra, por un supuesto abuso de posición de dominio por el que se estaría impidiendo la entrada de competidores al mercado de los servicios de transporte distribución de la señal de TDT.
En mayo de 2009, Abertis ya había sido sancionado por Competencia con una multa de 22,65 millones de euros al considerar acreditadas conductas restrictivas de la competencia en el ámbito de los servicios de difusión de la señal de televisión digital terrestre (TDT) «desde su indudable» posición de dominio en este mercado.
El organismo presidido por Joaquín García Bernaldo de Quirós indicó que Abertis viene obligado por regulación de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) a permitir el acceso a su red de emplazamientos y centros de emisión para la difusión de señales de TDT por constituir un activo irreplicable y necesario para la prestación del servicio de transporte y difusión de la señal de TDT.
Además, la propia compañía también presta estos servicios de transporte y difusión a los operadores de televisión, en los que también tiene una posición de dominio.
Competencia indicó que su dirección de Investigación ha constatado, «tras un minucioso análisis de los costes e ingresos de Abertis«, que, a los precios a los que esta empresa presta el servicio de acceso a sus centros y dadas las condiciones que tiene pactadas con los clientes en el mercado minorista, los competidores tan eficientes como la propia compañía «no tienen margen para sobrevivir en el mercado de los servicios de transporte distribución de la señas de TDT«.
Este tipo de práctica, que técnicamente se denomina estrechamiento de márgenes, es considerada abusiva en el derecho de la competencia comunitaria y nacional.
Así, el consejo de la CNC, vista la propuesta de la dirección de Investigación y las alegaciones de Abertis, ha considerado que la compañía ha infringido el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
EP