El Ejecutivo español vuelve a autorizar la portabilidad de números telefónicos. Además, impide que las ‘telecos’ suban los precios a los servicios mientras dure el estado de alarma.
El Gobierno aprueba este 31 de marzo una modificación de la norma que afecta al sector de las telecomunicaciones durante el estado de alarma.
Se refiere, principalmente, a una flexibilización de la prohibición de realizar portabilidades de números. En este sentido, la portabilidad será posible siempre que no implique el desplazamiento de un técnico al hogar para realizar cualquier tipo de instalación.
En la práctica, esa exigencia limitaría la autorización de la portabilidad a la que se produce en líneas móviles, puesto que para cambiar un número móvil, sólo es necesario que el cliente reciba la nueva tarjeta SIM de su nuevo operador, lo que se puede realizar mediante un servicio de mensajería que deposite la nueva SIM en el buzón del usuario.
No se pueden subir precios
Igualmente, el real decreto también establece una prohibición a los incrementos de precios durante el estado de alarma.
El artículo del decreto estipula que «mientras se mantenga el estado de alarma, las empresas proveedoras de servicios de comunicaciones electrónicas, no podrán incrementar los precios de los servicios en contratos ya celebrados, ya sean de abono o prepago». Es decir, durante el estado de alarma, las telecos no podrán subir los precios de los servicios.
Ambas medidas satisfacen las exigencias expresadas en los últimos días por varias organizaciones de usuarios y consumidores y especialmente de Facua.
En cuanto levanten la veda seguro que crujirán, seguro